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[09][Votación] Procedimiento Sancionador - II

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Mensaje por Itchabe Vie 30 Nov 2012, 00:09

Procedimiento Sancionador II - Utmanare & Manu1962

¿Deseas que se establezca alguna de las siguientes propuestas como Procedimiento Sancionador del PCeE?

Propuesta A - Utmanare
1.-¿Qué es el sistema de Tribunal?

El sistema de Tribunal anima a la comunidad a regular las conductas que consideren inapropiadas y a defender los principios y estatutos del partido.

2 ¿Cómo funciona el sistema de Tribunal?

El CC identifica a los miembros sobre los que la comunidad ha informado y el CC prepara un caso sobre ellos. Estos casos se presentan a los miembros de la comunidad que deseen usar el Tribunal, quienes revisarán los archivos del caso y emitirán un veredicto: perdón o castigo. Luego, el CC emitirá la sentencia final ayudandose del veredicto de la militancia.

3. ¿Qué información se ofrece a los revisores en los casos del Tribunal?

Las pruebas del caso en el Tribunal incluyen motivos para el informe y comentarios, registros de conversaciones de chat , fecha, hora y la pena que pide la acusación (en este caso la pena que exija el CC)
Los casos del Tribunal no ofrecen nombres ni ninguna otra información personal.

4. ¿Cómo decide el CC sobre qué jugadores se debe crear un caso?

El CC identifica a los jugadores sobre los que hubo quejas negativas.

Esta es mi propuesta, abierta a quien quiera añadir puntos. Creo que esto podría ayudar a funcionar un poco mejor las cosas además de eliminar responsabilidades del CC.

5.- ¿Cuanto tiempo tengo para emitir mi juicio?

72 horas desde la creación del hilo de denuncia y por consiguiente del comienzo del juicio por parte del CC.

Propuesta B - Manu1962
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

Art. 1.- Procedimiento Sancionador

(Art. 9 de los actuales Estatutos, que se ha respetado casi en su totalidad) Los actos contrarios al programa, a los principios y a los estatutos del Partido, serán sancionados de acuerdo a su gravedad. A la sanción disciplinaria únicamente deberá llegarse, cuando no sea posible su solución a través de la crítica y la autocrítica, garantizando en tal proceso los derechos y deberes de los militantes.

Art. 2.- Tribunal de Garantías

A) Los actos preparatorios y recopilatorios del Procedimiento corresponderán al Tribunal de Garantías (TG)

B) El Tribunal de Garantías estará formado por 5 miembros, elegidos democráticamente por los miembros del Partido.

C) De entre los cinco miembros, ellos mismos designaran por votación al Secretario del Tribunal.

D) La apertura del debate y votación de los miembros del TG coincidirá con la del CC, ningún miembro del partido podrá presentarse simultáneamente a ambos órganos.

E) La duración del mandato de este tribunal será de un mes.

Art. 3.- De las Faltas


Las Faltas cometidas por los militantes podrán tener los siguientes grados

- falta leve
- falta grave
- falta muy grave

Art. 4.- De las Sanciones.

Las Sanciones aplicables, serán las siguientes:

a) La advertencia o amonestación. Llamada de atención privada o pública al militante. (Faltas leves)
b) La destitución del cargo. (Falta grave cometida por un cargo)
c) La privación del derecho a ocupar cargos durante un período determinado. (Falta grave cometida por un militante)
d) La suspensión temporal de militancia, de 15 días a 2 meses (Falta muy grave)
e) Los casos graves, que atenten contra la vida y los principios del Partido, podrán ser sancionados con la expulsión del Partido. (Falta muy grave)

Las sanciones serán acordadas POR LA MILITANCIA DEL PARTIDO la cual, antes de adoptar una decisión, ha de observar con la máxima atención las acusaciones, y las exoneraciones del afectado.


Art. 5.- Procedimiento Sancionador

Art. 5.1.- Inicio del Procedimiento

A) El procedimiento sancionador podrá iniciarse de oficio por uno de los miembros del TG o por “denuncia” de otro militante.

B) Una vez iniciado, se procederá al debate interno dentro del TG, de los hechos denunciados, y se elaborará una Propuesta Inicial para someterla a la consideración del partido en general

Art. 5.2.- Propuesta Inicial

A) Toda denuncia será tramitada y sometida a la consideración del partido.

B) En dicha Propuesta Inicial constará:

a. Miembro del TG que inicia el procedimiento o militante denunciante
b. Hechos denunciados
c. Calificación inicial de la falta (leve, grave o muy grave) o propuesta de archivo de la denuncia por no considerarla procedente.
d. Propuesta inicial de Sanción, según lo dispuesto en los puntos a-e del Art. 4.
e. Argumentación de los puntos c y d.

C) Dicha Propuesta se someterá durante 48 horas al Debate del partido en general

a. En el periodo de debate el TG se asegurará de que ambas partes, denunciada y denunciante, conozcan la apertura del procedimiento y por tanto participen en el mismo, argumentando su denuncia o su defensa.

Ambas partes podrán presentar cualquier prueba que consideren pertinente, logs, pantallazos, link, simple argumentación etc…

En el caso de que se probase que cualquier prueba ha sido manipulada con carácter doloso, se interrumpirá el proceso, otorgando la razón a la otra parte, e iniciándose un Procedimiento Sancionador contra la parte manipuladora. (En este caso la calificación de la falta será siempre de muy grave)

b. En el caso de que una de las partes no compareciera se prorrogará dicho debate durante 48 horas más.

c. Paralelamente, a la apertura del debate general, se abrirá un hilo donde ambas partes podrán debatir el caso, a dicho hilo publico en su lectura, solo tendrán acceso para postear las partes implicadas (una persona por parte, que podrá ser el implicado o representante en que delegue o deleguen.)

Art. 5.3.- Propuesta Definitiva y Resolución

A) Transcurrido dicho plazo, y constatado fehacientemente que ambas partes han sido avisadas, se procederá al cierre del debate, y a la elaboración de la Propuesta Definitiva.

B) La Propuesta Definitiva, contendrá como mínimo los siguientes términos:

a. Miembro del TG que inicio el procedimiento de oficio o militante denunciante.
b. Hechos denunciados
c. Calificación final de la falta (leve, grave o muy grave) o propuesta de archivo de la denuncia por no considerarla procedente. (esta calificación puede coincidir con la inicial o haber sido modificada como consecuencia del debate.)
d. Propuesta Definitiva de Sanción o según lo dispuesto en los puntos a-e del Art. 4 (esta Sanción puede coincidir con la inicial o haber sido modificada como consecuencia del debate.)
e. Argumentación de los puntos c y d.

C) Votación de la Propuesta de Sanción Definitiva o Archivo de la denuncia

a. Terminado el plazo del debate, y elaborada por el TG una Propuesta Definitiva de Sanción o Archivo del expediente se someterá a la votación general del partido durante 48 horas.
b. La Propuesta definitiva, puede coincidir con la inicial, o contener cambios producto del debate.
c. Ni las partes implicadas, ni el miembro del TG que haya abierto el procedimiento, en el caso de que este sea de oficio, podrán votar la Propuesta.
d. Para que la Propuesta Definitiva de Sanción o Archivo sea aprobada será necesaria la mayoría simple.
e. En caso de empate se prorrogará el plazo de votación 24 horas más, si éste continuase, se dirimirá por mayoría absoluta de los miembros del TG en votación pública.
f. Para que la Propuesta Definitiva de Sanción por Falta Grave o muy Grave, sea aprobada, será necesaria la mayoría de al menos un 66,66% de los votos emitidos. (en el caso de que dicho porcentaje, aplicado a los votantes resultase un nº decimal, se redondeará.)

6.- Incorporación de nuevos afiliados

Cuando por parte de algún militante o miembro del TG se consideré que la afiliación de algún nuevo miembro supone un peligro para el partido según lo dispuesto en el Art 9.1.e), se iniciará un Procedimiento para denegar su admisión similar al Procedimiento Sancionador en todos sus pasos.

La Resolución denegatoria del acceso de un nuevo militante se tomará por la mayoría del 66.66% de los votos emitidos

Con el fin de que el interesado pueda defenderse, mientras se desarrolle el Procedimiento, el aspirante a militante tendrá los permisos suficientes para tener acceso a los hilos del mismo.


7.- Revisión de las Sanciones.

7.1.- Revisión de Sanciones anteriores a la aplicación de este Procedimiento.

Una vez aprobado el nuevo Procedimiento, se procederá a revisar las Sanciones impuestas por el CC.

Para ello se procederá a hacer público el hilo donde se impuso la sanción, y se iniciará un Procedimiento similar al aquí regulado

7.2.- Revisión de Sanciones Temporales.

Las Sanciones temporales, impuestas tras la aprobación de este Procedimiento, podrán ser revisadas una vez transcurrido al menos 1/3 de su duración.

La revisión podrá iniciarse de oficio por un miembro del TG, o por petición de un militante del partido, avalado al menos por dos más.

El procedimiento a seguir será similar al aquí regulado, incluidas la mayorías necesarias para su aprobación.


7.3.- Revisión de Sanciones de expulsión

La Sanción de expulsión del partido, impuesta tras la aprobación de este Procedimiento, podrá ser revisada una vez transcurrido un mes desde su imposición

La revisión podrá iniciarse de oficio por un miembro del TG, o por petición de un militante del partido, avalado al menos por dos más.

El procedimiento a seguir será similar al aquí regulado, incluidas la mayorías necesarias para su aprobación.

En caso de que la Revisión no sea aceptada, no podrá iniciarse un nuevo Procedimiento de Revisión, hasta que haya transcurrido, al menos un mes, desde la finalización del procedimiento anterior.

7.4.- Revisión de Resolución denegatoria de acceso de un nuevo militante.

La Resolución denegatoria de acceso a un nuevo militante, podrá ser revisada una vez transcurrido un mes desde que se dictó

La revisión podrá iniciarse de oficio por un miembro del TG, o por petición de un militante del partido, avalado al menos por dos más.

El procedimiento a seguir será similar al aquí regulado, incluidas la mayorías necesarias para su aprobación.

En caso de que la Revisión no sea aceptada, no podrá iniciarse un nuevo Procedimiento de Revisión, hasta que haya transcurrido, al menos un mes, desde la finalización del procedimiento anterior.


8.- Procedimiento revocatorio de Cargos del Partido

(Art. 11 del Estatuto vigente) Cualquier miembro de un cargo del Partido, incluidos los del TG, podrá ser sometido a un debate revocatorio, a petición de cualquier militante del Partido, para posteriormente producirse una votación. Si el resultado le fuera adverso, será inmediatamente separado de su cargo, siendo sometido a sanción disciplinaria si hubiere lugar a ello; tras lo que será elegido un nuevo camarada para cubrir la vacante.

Para la revocación de un cargo del partido, se seguirán los mismos pasos del Procedimiento Sancionador aquí descrito, solicitando en la denuncia la consideración de la Falta como Grave y la aplicación respecto a la Sanción de lo dispuesto en el Art. 9.1.b de este Procedimiento.

En el caso de que cualquier Procedimiento Sancionador llevado a cabo contra un cargo del partido, ya sea por sus actividades como dicho cargo, o ya sea por sus actividades de carácter personal, tuviese como resultado una calificación de falta grave o muy grave será apartada inmediatamente de su cargo.

Disposición Final.- Jurisprudencia.

Con el fin de evitar agravios comparativos, los casos ya resueltos en el procedimiento sancionador crearán jurisprudencia, pudiendo apelar las partes a la misma, respecto a la calificación de las faltas y la aplicación de las sanciones.

Se permite votar por la Opción A, B o En Contra. El plazo de votación viene indicado en el post general de las Votaciones del VI Congreso.
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Mensaje por Xeroccona Vie 30 Nov 2012, 02:06

Opción B
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Mensaje por Mskina Vie 30 Nov 2012, 02:10

Con ligeras modificaciones, Opción A
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Mensaje por patacabra Vie 30 Nov 2012, 03:53

Opcion B
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Mensaje por manu1962 Vie 30 Nov 2012, 08:36

la opcion B a su vez tiene dos variantes

1.- El Órgano que instruye es un tribunal creado al efecto (el Tribunal de Garantias)

2.- El Órgano que instruye es el CC , con el fin de no duplicar órganos

Los dos procedimientos son iguales, salvo en ese aspecto, éste segundo lo hice con el fin de recoger la propuesta de Utmanare

La versión inicial es esta https://pcee.foroactivo.com.es/t5096-vi-congreso-procedimiento-sancionador

Siento interrumpir la votacion itch, con comentarios, pero creo que es necesario, o añadir que en en la version B, se puedan votar las siguientes opciones

B.1.- Organo instructor "Tribunal de Garantías"
B.2.- Organo instructor CC

Eso dividiria los votos de la opción B, así que supongo que lo mejor seria que una vez, aprobada dicha opción, si es que gana, se vuelva a hacer una votación, entre la B.1 y B.2

Para que no os desespereis leyendo, aunque es largo, con el fin de no dejar cabos sueltos, el procedimiento es muy simple

1.- Denuncia o inicio de oficio
2.- Propuesta Inicial de Sanción o Archivo por parte del CC (o TG)
3.- Debate por todo el partido de de la Propuesta inicial (con posibilidad de defensa de las partes)
4.- Propuesta Definitiva, del CC, recogiendo lo dicho en el debate. (o TG)
5.- Votación de la Sanción o del Archivo, por todo el partido

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Mensaje por Pabloch II Vie 30 Nov 2012, 16:54

Opción B, es más reguladora.
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Mensaje por Fermin 69 Vie 30 Nov 2012, 16:59

En contra me gustaria simplemente que los militantes opinásemos y votamos ...
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Mensaje por Maryoky Vie 30 Nov 2012, 17:03

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Mensaje por LordKhaldun Vie 30 Nov 2012, 18:36

En contra de las dos, o en todo caso A con modificaciones
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Mensaje por Itchabe Vie 30 Nov 2012, 18:36

B

*Borro los comentarios excepto el de Manu que es aclarador. Puesto que hay 2 versiones y no me di cuenta, en el caso de salir la B, se votará posteriormente cual de sus 2 versiones se acepta.
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Mensaje por feralv Vie 30 Nov 2012, 18:50

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Mensaje por Lopez Raimundo Vie 30 Nov 2012, 22:33

Opción B
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Mensaje por ataskado2 Vie 30 Nov 2012, 23:30

Opción B (ya discutiremos los detalles)
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Mensaje por mariguerra Sáb 01 Dic 2012, 07:58

Opción B
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Mensaje por Ronald Stevens Sáb 01 Dic 2012, 21:04

Propuesta B [09][Votación] Procedimiento Sancionador - II 600347
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Mensaje por Itchabe Dom 02 Dic 2012, 13:47

Resultados:

Opción A: 1
Opción B: 10
En Contra: 2
Abstenciones: 0
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